Instituto de Previsión Social (IPS)

Instituto de Previsión Social (IPS)

Constitución y Herrera – Edif. de la Caja Central

Tel.: (595-21)223 141/3. E-mail: secretaria_general@ips.gov.py

  • Call Center: 0800-11-5000
  • Página web del IPS: http://www.ips.gov.py/principal/
  • Manual del Asegurado (Descargar archivo PDF)
  • Para recibir atención médica, es un requisito presentar Cédula de Identidad Civil
  • Para el caso de Concubino, concubina y esposo, se requiere de las siguientes documentaciones para ser atendido:
    • Original y Fotocopias de Cédula de Identidad de ambos Cónyuges (Requisitos para Concubino/a, Esposo)
    • Declaración sumaria de testigos, tramitada en la justicia de primera instancia o juzgado de paz letrada donde conste la convivencia en concubinato como mínimo de dos años (Requisitos para concubino/a)
    • Declaración sumaria de testigos, tramitada en la justicia de primera instancia o juzgado de paz letrada, donde consta la dependencia económica de la Asegurada Titular (Requisitos para concubino, esposo)
    • Certificado de matrimonio original (Requisitos para el esposo)
    • Presencia de la Asegurada Titular para la firma de la Declaración Jurada

Si sus hijos no cuentan con Cédula de Identidad Civil, podrán inscribirlos provisoriamente (CON CERTIFICADO DE NACIMIENTO ORIGINAL) por el término de 6 meses; entretanto deberá gestionar y comunicar al IPS el número de Cédula de Identidad.

Los locales habilitados para la firma de la Declaración Jurada son:

Clínica Ingavi 07:15 a 18:00 Lunes a Viernes
Clínica 12 de Junio 06:00 a 12:00 Lunes a Sábados
Clínica Nanawa 06:00 a 12:00 Lunes a Sábados
Hospital de Luque 07:15 a 14:15 Lunes a Viernes
Hospital Central 07:15 a 19:00 Lunes a Viernes

Sábados : 06:00 a 18:00

Domingos – Feriados :06:00 a 18:00 (Sólo para urgencias)

En el Interior del País
Ciudad del Este 07:15 a 14:15 Lunes a Viernes
Encarnación 07:15 a 14:15 Lunes a Viernes
Oviedo 07:15 a 14:15 Lunes a Viernes
Filadelfia 07:15 a 14:15 Lunes a Viernes
Pedro Juan Caballero 07:15 a 14:15 Lunes a Viernes

Para formularios: http://www.ips.gov.py/principal/formularios.html

Servicios (Prestaciones Médicas, Servicio de Ortopedia y Traumatología, Unidad de Medicina Transfusional, etc.): http://www.ips.gov.py/principal/index.html bajo “ Servicios”

1 Comentario para “Instituto de Previsión Social (IPS)”

  1. Con relacion a los nombramientos no se por que funcionarios tiene que intervenir ya que es potestad absoluta del representante del pueblo elegido por el mismo , por que razon deben nombrar gente que ellos concideran capaces ,creo que por eso cambiamos de dirigentes y es por esa misma razon que tenemos un servicio deficiente por la misma gente que estan en el clan quieren seguir y no impulsan ningun cambio el cambio debe venir de afuera cuando el cuerpo esta enfermo hay que curar y no se puede automedicarse uno mismo se nesecita una intervencion y debe ser general , nosotros que pagamos otraves debemos pagar estas manifestaciones que en nada nos lleva para enpezar debemos respetar la voluntad popular perdonen pero si no respetamos las leyes y nuestaras autoridades no podemos ablar de un cambio por eso estamos donde estamos el cambio debe empezar por uno mismo

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